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Las apps de movilidad, aliadas en la lucha contra el coronavirus en Latinoamérica

Una de las tantas cosas que no nos esperábamos este año es tener que recurrir a apps de movilidad para evitar contagiarnos de una enfermedad, precisamente, de COVID-19. Ya sea con fines de geolocalización, informativos o de recomendaciones médicas, muchos gobiernos en todo el mundo han implementado sus propias aplicaciones para dar respuesta a algún tipo de necesidad durante la pandemia. En América Latina, varios países no se han privado de esta herramienta, como muestra el siguiente gráfico de Statista.

El gobierno federal de Brasil, por ejemplo, puso a disposición de sus ciudadanos la aplicación Coronavírus-SUS, que permite registrar resultados positivos de COVID-19 y alertar de posibles contagios a personas aledañas. Desde el 28 de febrero de 2020, esta app registró nada menos que 5,3 millones de descargas en dispositivos Android localizados en territorio brasileño, según la plataforma de datos Airnow Data.

Argentina, por su parte, diseñó la app Cuidar COVID-19, que brinda información sobre los síntomas del coronavirus y las acciones de prevención de contagio. Este software, que fue descargado 5,1 millones de veces desde el 21 de marzo, también permite tramitar el certificado para circular libremente en provincias o distritos donde todavía existen restricciones de movimiento.

CoronApp, la aplicación elegida por Colombia para informar a sus habitantes sobre las medidas del gobierno y los servicios de salud más cercanos acumula 3,4 millones de descargas en el país. Su homónima chilena, en tanto, tuvo menos de 100.000 descargas. COVID-19MX, la app desarrollada por la Secretaría de Salud de México, registró casi 654.000 descargas desde el 29 de marzo. Dicha aplicación incluye una funcionalidad de autodiagnóstico, que permite identificar los síntomas del coronavirus.

 

Artículo Tomado De: https://es.statista.com/grafico/23026/apps-de-covid-19-mas-descargadas-en-latinoamerica/

El Ciudadano Público

Una característica inequívoca de la actualidad en la que transita el mundo globalizado, es la velocidad que se ha adquirido a raíz de las innovaciones tecnológicas, sobre todo en la tecnologías de la información y comunicaciones. Hoy en día, el dinero y la información se mueven en tiempo real. Economías enteras se desbaratan y reconstruyen en cuestión de horas. Citando a Arturo Núñez: “Tenemos una economía globalizada pero no tenemos un gobierno globalizado.”

Ante este reto, hay que reconocer que la clase informática del mundo ha sido reacia a inmiscuirse en la vida del Estado. Este es un problema sistémico ya que incluso los ciudadanos equivocadamente se sienten ajenos a los políticos cuando es la misma ciudadanía la que los ha elegido. La clase política y la clase informática son clusters de ciudadanos integrados con un propósito en sí, como lo es la clase trabajadora o incluso la burocracia. Por supuesto que es evidente que hay buenos y malos trabajadores, al igual que buenos y malos políticos. Sin embargo, el mundo globalizado y el estado no globalizado cada día nos obliga más a crear una clase híbrida político-informática.

Según Weber, clase social se define como aquel grupo que comparte una idéntica situación con respecto a la provisión de bienes, posición y destino personal. Partiendo de esto podemos entender a los miembros del servicio público como una clase en sí; una clase, que desde Marx y Popper, no ha tenido una actualización en cuanto a la división del trabajo. La base de esta división es la afirmación: El servidor público atiende al público desde donde puede atenderlo.

La afirmación anterior, aunque válida, es cada día más caduca ante la realidad y el vértigo en el que vivimos. Los Gobiernos, a nivel mundial, empujan hacia una descentralización y desconcentración de la administración pública. Además, la transparencia, rendición de cuentas y mecanismos de eficiencia y ahorro del gasto público son el tema de boga entre la clase política.

Por todo lo anterior, el teletrabajo, con sus diferentes acepciones constituye una nueva visión del trabajo. Un cambio de paradigma donde el servicio público puede presentar resultados como la eficiencia, el servicio orientado a resultados, la conciliación de la vida familiar y laboral, la salud y el bienestar, la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y la eficiencia de la movilidad en las grandes urbes (porque evita el desplazamiento de miles de burócratas), la generación de equipos de trabajo más amplios y potentes sin barreras geográficas, y el desarrollo sostenible de un, ahora sí, gobierno globalizado. De todas las ventajas expuestas, la más noble sin lugar a dudas, es que hace posible la integración al servicio público de grupos vulnerables como las personas con discapacidad.

Ante todas estas ventajas habría que preguntarse: ¿Por qué no es el teletrabajo una práctica común en la administración pública? Las principales razones son: que se desconocen los procesos para la implantación del mismo; que la resistencia al cambio es un factor determinante; que el desarrollo tecnológico es obsoleto; que la comunicación interna y externa es deficiente, y finalmente, que la legislación no permite transitar hacia un gobierno sin papel.

El establecimiento de procesos claros definirían un modelo de teletrabajo específico que podría resolver la resistencia al cambio, considerando en primer lugar los tipos de puestos y perfiles. Un análisis necesario para implantar de forma realista, los escenarios en los cuales el trabajo se puede llevar a cabo, las horas ideales, la preparación del entorno y los recursos necesarios para el mismo.

El desarrollo tecnológico de un gobierno, y me permito agregar de una localidad, es también un factor necesario. Una conexión a internet adecuada, así como las herramientas disponibles, y los modelos apropiados de implementación tecnológica y soporte técnico preparado, son los pilares que sostienen el modelo de teletrabajo.

Aunado a esto, desarrollar una estrategia de comunicación interna y externa refuerza la actuación de los tele-servidores públicos. Esta estrategia debe involucrar el compartir de manera adecuada y clara las mejores prácticas puestas en marcha y la retroalimentación sobre el impacto del programa. Con esto se establecería un marco conceptual sobre el cuál se construyan esquemas de calidad y mejora continua.

Finalmente, la legislación que permita el uso de la firma electrónica y de la documentación digital con plena validez jurídica y considerando principios como el no repudio, son el eje central de las características de arranque de este modelo.

La modernización del gobierno y su inmersión completa en el mundo globalizado no solamente obedece a la implantación de nuevas tecnologías o innovaciones, sino al marco conceptual adecuado con que se le dé tratamiento, y el correcto manejo del medio que permita el actuar ciudadano con el gobierno: la política. Es aquí donde la clase híbrida político-informática adquiere una importancia vital equiparable al sacerdocio y la clase trabajadora en la edad media y la revolución industrial respectivamente.

Para concluir, debo reconocer que no he abordado un tema sensible para México como es la corrupción y lo que podría suponer instaurar el teletrabajo para este problema tan añejo. Sin embargo, soy un convencido que a medida que nos convirtamos en idealistas y nos alejemos emocionalmente del crudo realismo que vivimos, será como lograremos establecer un cambio en nuestro gobierno. Eso sí, idealismo que considere siempre los controles adecuados para la actuación del servidor público.

Imaginemos un gobierno que trabaja desde casa, un gobierno que trabaja desde el santuario nuclear del ciudadano. Ahora, imaginemos las repercusiones que esto tendría en la forma en que se perciben mutuamente el gobierno y la ciudadanía. La línea que los separaría sería prácticamente invisible, lo que al largo plazo provocaría ciudadanos más participativos y gobiernos más ciudadanos.

Artículo publicado en: http://www.u-gob.com/ en el 2017

Un marco legal para TICs

En la historia de la humanidad siempre se han nombrado los periodos o épocas con base en las técnicas que se empleaban en las mismas. Es por eso que no es algo nuevo establecer que estamos en la era de las tecnologías de la información y las comunicaciones. Las TICs están afectando muy profundamente la forma e incluso el contenido de las relaciones de los seres humanos entre sí y de las sociedades en que se integran. Por lo tanto, una Administración a la altura delos tiempos en que actúa tiene que acompañar y promover en beneficio de los ciudadanos el uso de las TICs. La ciudadanía ha de ser la primera y principal beneficiaria del salto, impensable hace sólo unas décadas, que se ha producido en el campo de la tecnología de la información y las comunicaciones. Al servicio del ciudadano, la Administración queda obligada a transformarse en una administración electrónica regida por los principios de eficacia, eficiencia, austeridad y responsabilidad.

Por lo anterior, las Administraciones deben comprometerse con su época y ofrecer a sus ciudadanos las ventajas y posibilidades que la sociedad de la información tiene, asumiendo su responsabilidad de contribuir a hacer realidad la sociedad de la información. Sin embargo, esto depende de la confianza y seguridad que genere en los ciudadanos y depende también de los servicios que ofrezca. Además de esto, se tiene que tomar en cuenta el reto que impone la barrera que levanta el tiempo y el espacio: el tiempo que hay que dedicar a la relación con el Gobierno para la realización de muchos trámites de la vida diaria que empiezan muchas veces por la necesidad de una primera información que exige un desplazamiento inicial, más los sucesivos desplazamientos y tiempo que se dedican a posteriores trámites en Gobierno para las actividades más elementales.

Las tecnologías de la información y las comunicaciones hacen posible acercar el Gobierno hasta la sala de estar de los ciudadanos o hasta las oficinas y despachos de las empresas y profesionales. Les permiten relacionarse con ella sin colas ni esperas. E incluso recibir servicios e informaciones ajenos a actividades de intervención administrativa o autorización. Esas condiciones permiten también a los ciudadanos ver a al Gobierno como una entidad a su servicio y no como una burocracia pesada que empieza por exigir, siempre y para empezar, el sacrificio del tiempo y del desplazamiento que impone el espacio que separa el domicilio de los ciudadanos y empresas de las oficinas públicas. Pero, además de eso, las nuevas tecnologías de la información facilitan, sobre todo, el acceso a los servicios públicos a aquellas personas que antes tenían grandes dificultades para llegar a las oficinas públicas, por motivos de localización geográfica, de condiciones físicas de movilidad u otros condicionantes, y que ahora se pueden superar por el empleo de las nuevas tecnologías.

Aquí es donde el servicio al ciudadano debe consagrar su derecho a comunicarse con el Gobierno por medios electrónicos. La contrapartida de ese derecho es la obligación del mismo Gobierno de dotarse de los medios y sistemas electrónicos para que ese derecho pueda ejercerse. Es decir, se debe pasar de un marco legal inexistente a reconocer el derecho de los ciudadanos a establecer relaciones a través de la TICs con el Gobierno. Asimismo es menester consagrar la obligación correlativa de las administraciones públicas de proteger y cumplir lo necesario para garantizar este derecho. El reconocimiento de tal derecho y su correspondiente obligación se deben de elegir como el eje central de un marco legal adecuado para el uso de la TICs en la relación Gobierno-Ciudadano.

Así, por ejemplo, tal marco legal se debe de hacer efectivo de modo real mediante la imposición, al menos en el ámbito de la Administración Pública y en los términos de la ley, de la obligación de poner a disposición de ciudadanos y empresas al menos un punto de acceso general a través del cual los usuarios puedan, de forma sencilla, acceder a la información y servicios de su competencia; presentar solicitudes y recursos; realizar el trámite de audiencia cuando proceda; efectuar pagos o acceder a las notificaciones y comunicaciones que les remitan.

Por otra parte, los interesados en un procedimiento tienen derecho de acceso al mismo y ver los documentos. Lo mismo debe suceder, como mínimo, en un expediente iniciado electrónicamente o tramitado de esta forma. Dicho expediente debe poder permitir el acceso en línea a los interesados para verificar la situación del expediente, sin mengua de todas las garantías de la privacidad.

En todo caso, la progresiva utilización de TICs, derivada del reconocimiento del derecho a comunicarse electrónicamente con el Gobierno, suscita la cuestión no ya de la adaptación de ésta -recursos humanos y materiales- a una nueva forma de relacionarse con los ciudadanos, sino también la cuestión de la manera de adaptar sus formas de actuación y tramitación de los expedientes y en general adaptar los procedimientos a la nueva realidad que imponen las nuevas tecnologías. Todo esto permite oportunidades de mejora (eficiencia y reducción de costos) en un Gobierno Municipal, Estatal o Federal.

De igual manera es necesario regular la validez de los documentos y sus copias y la forma de que el documento electrónico opere con plena validez en modo convencional y, en su caso, la forma en que los documentos convencionales se transformen en documentos electrónicos.

Todas estas premisas deben regularse, estipularse y establecerse en un conjunto de leyes que acompañen a la modernidad que vivimos hoy. La regulación debe ser un esfuerzo innovador que fomente el uso de las TICs y que no necesariamente funcione como una camisa de fuerza para establecer criterios de premio-castigo; sino al contrario, establecer los derechos que hagan que la misma ciudadanía a su ritmo y de acuerdo a sus necesidades, sea la que exija el aumento en el uso de las Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

 

Artículo publicado en 2015.